Si estás empezando como YouTuber y ya has activado la monetización, seguro que te has preguntado:
¿Qué narices tengo que presentar en Hacienda y cuándo?
No te preocupes, estás en el lugar adecuado. En este post te explico paso a paso cómo cumplir con tus obligaciones fiscales sin agobios, aunque tus ingresos sean pequeños o todavía no hayas cobrado nada. Y además, vamos a resolver de una vez por todas el lío del modelo 349.
Paso 0: Darse de alta en Hacienda (modelo 036)
Antes de declarar nada, tienes que darte de alta como autónomo/a. Eso se hace presentando el modelo 036 (o el 037 si eliges el simplificado).
En este formulario comunicas:
- Qué actividad vas a realizar (por ejemplo, “creador digital” o “publicidad online”),
- Que quieres tributar por estimación directa (IRPF) y en régimen general (IVA),
- Y si vas a operar con empresas de la Unión Europea, como Google Ireland, debes marcar tu alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios).

Los modelos que debes conocer como pequeño creador digital
Modelo 130 – IRPF trimestral
Pagas una parte del impuesto sobre la renta en función de tus beneficios. Aunque hayas ganado poco o nada, se presenta igual.
Modelo 303 – IVA trimestral
Aquí indicas el IVA soportado y repercutido. Aunque Google no te cobre IVA, si estás en régimen general, debes presentarlo cada trimestre (aunque sea con ceros).
Modelo 349 – Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias
Y aquí viene el gran protagonista de este post. Este modelo sirve para informar a Hacienda de las ventas o servicios realizados con empresas de otros países de la UE. Como YouTube te paga desde Irlanda, en principio estarías dentro de este caso.
Pero… ¡Ojo con los matices! 👇
¿Debo presentar el modelo 349 si no he tenido ingresos?
Aquí es donde surgen las dudas y los errores más frecuentes. Vamos a verlo con claridad y citando fuentes oficiales.
No estás en el ROI y no has hecho operaciones → NO tienes que presentar el 349
Tal como explican desde Stripe:
“El modelo 349 no se puede presentar sin actividad. Si una empresa no ha realizado ninguna operación intracomunitaria durante un período impositivo, no debe presentarlo.”
Y lo confirma también la Agencia Tributaria en su manual oficial de IVA 2021:
“La declaración no se presentará en los períodos en los que no se hubiesen realizado estas operaciones.”
Fuente: Agencia Tributaria
Es decir, si no estás dado de alta en el ROI y no has emitido ni recibido ninguna factura intracomunitaria, puedes quedarte tranquilo: no tienes que presentar el modelo 349 ese trimestre.
Calendario fiscal para YouTubers y creadores
Fecha límite | Qué presentar | Para qué sirve |
---|---|---|
Antes de empezar | Modelo 036 o 037 | Alta en Hacienda y (si procede) en el ROI |
Hasta 20 abril | Modelos 130, 303 y 349 (1er trimestre) | Declarar enero a marzo |
Hasta 20 julio | Modelos 130, 303 y 349 (2º trimestre) | Declarar abril a junio |
Hasta 20 octubre | Modelos 130, 303 y 349 (3er trimestre) | Declarar julio a septiembre |
Hasta 30 enero (2026) | Modelos 130, 303 y 349 (4º trimestre) | Declarar octubre a diciembre |
Hasta 30 junio (2026) | Modelo 100 | Declaración anual IRPF |
Hasta 28 febrero (2026) | Modelo 390 | Resumen anual de IVA |
Conclusión final: tu hoja de ruta fiscal como YouTuber
Si has llegado hasta aquí, enhorabuena: ya sabes exactamente qué modelos tienes que presentar como YouTuber y cuándo hacerlo, incluso si tus ingresos son pequeños o acabas de empezar.
Aquí va tu resumen en una frase:
Modelo 130 y 303 siempre. Modelo 349 solo si estás en el ROI y has tenido operaciones intracomunitarias. Modelo 390 y modelo 100 una vez al año.
La clave está en organizarse, tener claro tu calendario fiscal, no dejar modelos sin presentar si estás obligado, y no presentar lo que no corresponde (como el 349 en blanco si no has tenido actividad).
Recuerda:
- No presentes el modelo 349 si no has tenido operaciones. Hacienda lo deja claro: no es necesario, y además te dará error.
- No pongas datos falsos ni «trucos» como bases simbólicas. No es necesario ni recomendable si no hay obligación real.
- Hazlo con calma, y no esperes al último día. Un buen hábito fiscal desde el principio te ahorrará muchos dolores de cabeza en el futuro.
Modelos obligatorios que no puedes perder de vista:
Modelo | ¿Para qué sirve? | ¿Cuándo se presenta? |
---|---|---|
036/037 | Alta en Hacienda y comunicación de obligaciones fiscales | Solo una vez, antes de empezar |
130 | IRPF trimestral (pagos a cuenta de tu beneficio) | Trimestral: abril, julio, octubre, enero |
303 | Declaración trimestral de IVA | Trimestral: abril, julio, octubre, enero |
349 | Operaciones intracomunitarias (si estás en el ROI y hay operaciones) | Trimestral: solo si hay actividad intracomunitaria |
390 | Resumen anual del IVA (complementa los 303) | Anualmente, en febrero del año siguiente |
100 | Declaración de la Renta (IRPF final del año, incluyendo ingresos de YouTube) | Anualmente, en junio del año siguiente |
Y sobre todo: no estás solo. Si en algún momento te pierdes o quieres apoyo, asesores, comunidades y recursos como este blog están para ayudarte.
Ser YouTuber no solo implica crear contenido, sino también asumir una pequeña parte de responsabilidad fiscal. No te asustes: no hace falta ser un experto contable, pero sí entender qué tienes que presentar y cuándo.
¿Y ahora qué?
Organízate con un calendario, guarda copias de tus modelos presentados, y si te pierdes, pide ayuda. Lo importante es ir paso a paso, sin agobios, y mantener tu actividad ordenada desde el principio.
¡Gracias por leer! Si te ha gustado este contenido, no olvides compartirlo y dejar tus comentarios. ¿Tienes alguna pregunta o tema que te gustaría que aborde? ¡Házmelo saber! Nos vemos en el próximo post, ¡no te lo pierdas! 🚀 ¡Hasta pronto!
Sobre mí

Juan Armada Blanco
Profesor de secundaria de la familia profesional de Comercio y Marketing. Apasionado de la tecnología, la creación de contenido, WordPress y el marketing digital. Ayudo a otros a digitalizar su negocio y a sacar partido del entorno online.